Para
poder dar respuesta al anterior interrogante, se hace necesario
realizar una claridad de términos. No se puede hablar de presos,
cuando son judicializados por un delito político. Los presos son
personas que se encuentran fuera de la esfera de la buena conducta
ante la sociedad, son delincuentes comunes o sociales; que no
reconocen el conflicto, aunque son un claro resultado del mismo.
Mientras que un detenido y prisionero político es aquella persona
que en el marco del conflicto ha sido retenido por sus oficios en la
política. La distinción que se realiza entre detenido y prisionero
es que el primero se encuentra en proceso de judicialización y el
segundo ha sido sentenciado.
Pero,
¿si jurídicamente se deben hacer estas distinciones por qué el
Estado no las realiza? Aunque el Estado colombiano ha reconocido la
existencia del conflicto armado, este reconocimiento sigue siendo
parcial. Admitir que el Estado persigue y judicializa a las personas
que se movilizan y protestan es admitir que el conflicto va más allá
del ámbito armado, es aceptar que además es social y político. Eso
significa que el Estado tendría que reconocer su incapacidad para
resolver las necesidades básicas de la población y que es por ello
que existe el conflicto armado, político y social.
Pongamos
un ejemplo, los estudiantes universitarios. Ellos salieron a
protestar, marcharon, gritaron, se unieron y llamaron a la sociedad
en su conjunto a acompañarlos. ¿Qué hizo el Estado? Tildarlos de
delincuentes, vándalos, criminales y desadaptados sociales. ¿Qué
se buscaba con esto? Deslegitimar sus exigencias y desconocerlos como
actores políticos que protestan en contra de un Estado ineficiente.
La
mayoría de prisioneros políticos, son prisioneros de guerra, pero
hay muchos que se enmarcan en prisioneros políticos de conciencia;
¿qué quiere decir esto? Que son perseguidos por sus ideas ideas, y
no por acciones bélicas contundentes. Ellos no han tenido nunca un
arma en la mano, entonces, vienen los montajes judiciales, para
retenerlos como actores del conflicto armado y darles el rol de
prisionero político de guerra.
Aunque
el Estado colombiano, no conforme con perseguir, señalar, excluir y
coartar el accionar político de muchos, también miente y lanza
juicios devastadores contra campesinos, líderes y el pueblo en
general. Es así como, en los procesos judiciales, aparecen delitos
políticos y un plus, el delito de terrorismo. El terrorista genera
terror y su accionar no lo guía un plan político, sino que lo hace
por fanatismo o placer.
¿Con
qué fin se realiza esta unión de delitos? Acusar a un detenido
político de terrorismo, tiene implicaciones en el ámbito jurídico
y penal, ya que con esto se le quita la trascendencia al delito
político y se le elimina el estatus político a su accionar. Entonces,
se le juzga y señala como criminal, como si fuera un preso común.
Es así que el Estado colombiano no reconoce a los prisioneros políticos y hace todas las acusaciones necesarias para catalogarlos como presos, terroristas y delincuentes.
Nota:
La coalición «Larga vida a las
mariposas» - Tolima, con el apoyo de la Agencia Estudiantil de Prensa (AEP), hemos unido esfuerzos para construir este documento
sobre detenidos y prisioneros políticos.
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